Publicación en el DOF del acuerdo del IFT que modifica el diverso acuerdo que declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor.

El día de hoy, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo modificatorio al Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia de la pandemia de coronavirus COVID-19 y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto, cuya continuidad deberá garantizarse para coadyuvar, en su ámbito de competencia, en la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) (Acuerdo Modificatorio).

El Acuerdo Modificatorio amplía el periodo de suspensión de labores del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) hasta el 30 de abril de 2020[1], por lo que no correrán los plazos y términos aplicables a los trámites, actuaciones, investigaciones y procedimientos que no están exceptuados de dicha suspensión, según se establece en el apartado Segundo del acuerdo publicado en el DOF el 31 de marzo del presente año. El cómputo de los plazos y términos se reanudará a partir del lunes 4 de mayo de 2020.

Asimismo, el Acuerdo Modificatorio amplía los asuntos que estarán exceptuados de la suspensión de labores, por lo cual, respecto de dichos asuntos, continuarán transcurriendo los términos y plazos respectivos.

Por otra parte, el Acuerdo Modificatorio amplía la habilitación para que el Pleno del IFT continúe sesionando durante el periodo de suspensión de labores por causa de fuerza mayor, hasta el 30 de abril del presente año. Adicionalmente, el Acuerdo Modificatorio establece que, durante el periodo del 2 al 30 de abril de este año, serán hábiles para realizar notificaciones y para efectos de ejecución de resoluciones que dicte el Pleno del IFT, los días y horas[2] que dicho órgano colegiado determine.

[1] Según se establece en el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su calendario anual de sesiones ordinarias y el calendario anual de labores para el año 2020 y principios de 2021”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2019, son inhábiles del 6 al 10 de abril de 2020.

[2] Se consideran horas hábiles las comprendidas entre las 9:00 y 18:30 horas de lunes a jueves, y entre las 9:00 y 15:00 horas los días viernes.

 

[ Descargar en PDF esta nota y el texto íntegro del acuerdo publicado en el DOF ]