Publicación en el DOF del acuerdo del IFT que declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor.

El 31 de marzo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones declara la suspensión de labores por causa de fuerza mayor, con motivo de las medidas de contingencia de la pandemia de coronavirus COVID-19 y determina las funciones esenciales a cargo del propio Instituto, cuya continuidad deberá garantizarse para coadyuvar, en su ámbito de competencia, en la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) (Acuerdo) [1].

Conforme a este acuerdo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) suspenderá labores del 30 de marzo al 3 de abril y del 13 al 17 de abril, todos del presente año [2], por lo que no correrán los plazos y términos aplicables a los trámites, actuaciones, investigaciones y procedimientos que no están exceptuados de dicha suspensión, según se establece en el apartado Segundo del Acuerdo. El cómputo de los plazos y términos se reanudará a partir del 20 de abril de 2020.

Asimismo, el Acuerdo establece que el Pleno del IFT continuará sesionando durante el periodo de suspensión de labores por causa de fuerza mayor, conforme a lo señalado en el Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su calendario anual de sesiones ordinarias y el calendario anual de labores para el año 2020 y principios de 2021, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2019. Para tal efecto, en el Acuerdo se habilitan los días comprendidos en la suspensión de labores para que el Pleno pueda sesionar las 24 horas del día.

[ Descargar en PDF esta nota y el texto íntegro del acuerdo publicado en el DOF ]

 

[1] El Acuerdo deja sin efectos el Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, por causa de fuerza mayor, determina los casos en los que se suspenden los plazos y términos de ley, así como sus excepciones, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28, párrafos segundo y tercero de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 115, segundo párrafo y 121 de la Ley Federal de Competencia Económica, con motivo de las medidas de contingencia del denominado coronavirus COVID-19 publicado en el DOF de fecha 26 de marzo de 2020.

[2] Según se establece en el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su calendario anual de sesiones ordinarias y el calendario anual de labores para el año 2020 y principios de 2021”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2019, son inhábiles del 6 al 10 de abril de 2020.