Publicación en el DOF del acuerdo de COFECE que autoriza la celebración de las sesiones del Pleno de forma remota.

 

El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual el Pleno autoriza la celebración de sesiones de forma remota en virtud de la contingencia existente en materia de salud y se derogan ciertos artículos de los Lineamientos para el funcionamiento del Pleno. Con la finalidad de evitar contagios entre personal de la COFECE y público en general, a través de este acuerdo se autoriza, durante el tiempo que continúe la epidemia por el virus COVID-19, la realización de las sesiones del Pleno de la OCFECE de forma remota por medios electrónicos. Asimismo, dicho acuerdo deroga los artículos 30, segundo párrafo y 32, así como el artículo Transitorio Segundo de los Lineamientos para el Funcionamiento del Pleno de la COFECE.

 

Con la publicación de este Acuerdo, se asegura el funcionamiento del Pleno de la COFECE durante la contingencia sanitaria que actualmente está vigente y permitirá a la COFECE resolver los siguientes procedimientos: (i) notificación de concentraciones; (ii) comprobación del cumplimiento de la obligación de notificar una concentración; (iii) opinión sobre documentos y bases de concursos públicos; (iv) opinión sobre participantes en concursos públicos; y (v) opinión sobre el otorgamiento y cesión de concesiones y permisos.

 

[Descargar en PDF esta nota y el texto íntegro del acuerdo publicado en el DOF]